viernes, 27 de junio de 2025

Subidas Salariales 2ª parte

 

 Estimadas compañeras y compañeros,

Desde los Comités de Empresa queremos informaros de forma clara y transparente sobre las subidas salariales que algunas personas veréis reflejadas en las nóminas del mes de junio y julio.

               Ejemplo práctico

Supongamos:

•             Salario base: 1.000 €
•             Complemento absorbible: 200 €
•             Trienio: 30 €


Antes del aumento:

•             Total: 1.000 + 200 + 30 = 1.230 €

Te suben el salario base a 1.050 €, pero te reducen el complemento absorbible a 150 €.

•             Nuevo total: 1.050 + 150 + 30 = 1.230 €

Tu salario total no ha cambiado.

Os recordamos asimismo que los que tengáis aumentos concedidos por la empresa, generalmente estos se ven reflejados en la nómina en un complemento absorbible, por este motivo, en realidad, son un ‘adelanto a cuenta de futuros aumentos del convenio colectivo’, no consolidables.

Las subidas que impactan en el salario real son las que se corresponden a la aplicación del nuevo Convenio Colectivo del Sector de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado (conocido como Convenio TIC), que ha sido firmado tras meses de negociación y presión sindical. Por tanto, se trata de un avance fruto del trabajo colectivo de las organizaciones sindicales y no de decisiones individuales, ni tampoco fruto de valoraciones de desempeño por parte de la empresa.

Sabemos que la coincidencia en el tiempo con el proceso de evaluación puede generar cierta confusión —e incluso interpretaciones interesadas— pero queremos dejar claro que las actualizaciones salariales derivadas del nuevo convenio no están vinculadas con las evaluaciones anuales ni con decisiones personales de ningún manager, sino con los aumentos en las tablas salariales que marca el convenio colectivo.

También se han aplicado cambios en la asignación de categorías profesionales a las personas trabajadoras, moviéndolas hacia las ÀREAS de Consultoría y Ciberseguridad, que tienen otros valores asociados en las tablas del convenio que pueden significar aumentos salariales (en los conceptos de salario base y plus convenio y, si se tiene, antigüedad).

Es importante tener en cuenta que las subidas salariales debidas al convenio no se reflejarán a todo el personal por igual, ya que dependerá de si existen o no complementos absorbibles en la nómina de cada persona.

Conclusión.

Cuando los aumentos salariales se aplican a complementos absorbibles:

•             No hay mejora real del salario total.
•             Los trienios (o cualquier otro concepto no absorbible) pueden ser usados para justificar la reducción del complemento.
•             El trabajador no percibe un aumento efectivo en su nómina. En la nómina complementaria se indica como la empresa ha regularizado con una reducción del complemento personal.
 

Otro escenario diferente sería que los aumentos que concede la empresa de forma graciosa / discrecional fuesen a parar a un complemento NO ABSORBIBLE, lo cual constituiría una subida del ‘SALARIO REAL’.

Desde los Comités de Empresa seguimos trabajando para defender los derechos de toda la plantilla y os animamos, como siempre, a manteneros informados y a participar activamente.

 

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