Como todos sabeis el pasado 13 de Julio se publicó en el BOE el XVIII convenio de consultoría que establece unos incrementos salariales que deben ser aplicados a todos los trabajadores adscritos a este convenio.
La empresa nos ha informado que pretende aplicar dichos incrementos en la nomina de Octubre como una "nomina complementaria" por lo que tenemos que revisar:
- Se deben actualizar los importes correspondientes a salario base y plus convenio según las tablas de convenio
- la antigüedad se debe actualizar (recordar que es un % del salario base)
- los conceptos revalorizables deben incrementarse en un 2.5% para el año 2023
¿Me corresponden atrasos?
- Con carácter general, deberíamos cobrar atrasos aquellas personas trabajadoras que no cobren "complemento personal" o su cuantía sea pequeña
Aun entendiendo la complejidad del asunto, recomendamos que reviséis detenidamente las nóminas y solicitéis las aclaraciones oportunas a ASKHR
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