Convenio TIC
Artículo 22. Permisos retribuidos.
Las personas trabajadoras, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
a) Quince días naturales en caso de matrimonio.
b) Conforme al tenor literal del vigente artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores, «Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días ».
Actualización: @boegob (BOE) 29/06/2023 Los días pasan a 5 para accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervencion quirurgica sin hospitalización. Y se incluye cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva
con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado
efectivo de aquella
Los días de permiso por hospitalización de familiar se refieren a días de trabajo efectivo y no pueden solaparse con días de descanso (JS Madrid, nº 33, 09.06.15). STS 229/2020, en SSTS 17 de marzo 2020, rec. 193/18; 9 de julio de 2020, rec. 223/18 y 29 de septiembre de 2020, rec. 244/18
Los días de permiso no tienen por qué disfrutarse necesariamente durante los primeros días de la hospitalización, pudiendo hacerse más adelante, siempre que el ingreso perdure, o incluso finalizado éste, si continuara la baja médica del enfermo (Plan Igualdad Kyndryl)
En caso de fallecimiento, el permiso comienza el día laborable después del
fallecimiento,
La Sentencia 745/2018 del Tribunal Supremo Sala de lo Social, de 13/02/2018, es la que regula el fallecimiento en un día festivo
c) Cuatro días en los casos de fallecimiento de cónyuge, padres o hijos, incluyéndose en este tiempo los posibles desplazamientos.
d) Un día por traslado de domicilio habitual.
Este permiso retribuido, de un día, debe utilizarse específicamente para
la mudanza, y deberá justificarse de esa manera. No
será válido el realizar la mudanza un día concreto (por
ejemplo, en fin de semana) y luego “pedir” el día para
descansar
e) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo en más del 20% de las horas laborables en un período de tres meses, podrá la empresa pasar a la persona afectada a la situación de excedencia forzosa. En el supuesto de que la persona, por cumplimiento del deber o desempeño de cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.
Lo importante de este permiso es que el cumplimiento del deber tenga que llevarse a cabo dentro de la jornada de trabajo
Situaciones como firmas notariales, expedición o renovación de DNI o pasaporte, por ejemplo, no se consideran permisos retribuidos, puesto que se puede realizar la renovación en horario distinto a la jornada laboral, solamente se concederá si se demuestra la imposibilidad horaria, por coincidir íntegramente el horario con la jornada
f) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos en la ley y en el presente Convenio.
g) Conforme al tenor literal del vigente artículo 37.3.f del Estatuto de los Trabajadores, por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo
El permiso se concede por el tiempo indispensable. Es decir, si el examen médico o el cursillo están fijados dentro de la jornada laboral, la trabajadora debe reincorporarse al trabajo, ausentarse para ejecutarlos y reincorporarse nuevamente una vez finalizados
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